Transporte Especial podrá transitar durante el día sin carro y sin moto en la capital
- Comunicaciones Acoltés
- 5 feb 2019
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El próximo jueves 7 de febrero se desarrollará una nueva jornada del Día Sin Carro y Sin Moto en la ciudad de Bogotá, en la cual podrán circular los vehículos de Transporte Especial, tal como lo establece el Decreto 054 de 2017 en su Artículo 1, que especifica las medidas para la circulación de vehículos automotores y motocicletas, de la siguiente manera:
Objetivo: Prohibir la circulación de vehículos automotores y motocicletas en la ciudad de Bogotá el primer jueves del mes de febrero de todos los años en el horario comprendido entre las 5:00 a.m., y las 7:30 p.m.
Se exceptúan de la anterior prohibición los siguientes vehículos:
Vehículos de transporte público.
Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición dediscapacidad o para su transporte.
Vehículos y motocicletas de emergencia.
Vehículos de transporte escolar de propiedad de instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes.
Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de diez 10 pasajeros.
Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Caravana Presidencial.
Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
Vehículos y motocicletas asignados al Cuerpo Diplomático.
Vehículos con blindaje de nivel 3 o superior.
Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
Vehículos y motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizados.
Carrozas fúnebres.
Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería debidamente identificadas.
Motocicletas vinculadas a establecimientos de comercio que ofrezcan el servicio de domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor.
Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística.
Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional de Transmilenio.
Vehículos y motocicletas destinadas al control de emisiones y vertimientos.
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